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martes, 15 de diciembre de 2009

GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Tiene como fin asegurar y proteger los derechos fundamentales del ser humano: se divden en individuales y sociales.. En ellos se reconocen los derechos por un ordenamiento juridico supremo, mas que nada son limites que los organos de gobierno deben respetar con respecto a los derechos del gobernado.

GARANTIAS INDIVIDUALES: Son quellas que se le reconocen alos gobernados en forma personal o individual frente a el estado que se clasifican en:
*de libertad
*de igualdad
*de seguridad juridica




LIBERTAD: Del latin "libertas" es la libertad que tiene el ser humano de obrar de una manera o de otra y de no obrar.
Son los derechos que se establecen en la constitucion a favor del gobernado y el estado debe respetar y no inteferir






EJEMPLOS:
*Libertad de expresion (art. 6)
*Libertad de creencias religiosas (art. 24)
*Libertad de transito (art. 11)
*otros: art. 1,2,3,4,5,7,9,10,15,28. puedes constatarlos en la constitucion de E.U.M.




IGUALDAD: *Proviene del latin "aequalitas"
*Su concepto de acuerdo con el ordenamiento juridico es que se les reconoce a todos los ciudadanos la capacidad para gozar los mismos derechos

OBJETIVO: Tiene por objeto evitar privilegios que provoquen injusticias en tre los seres humanos. Ante la ley suprema de todo individuo debe tener los mismos derechos que los demas


EJEMPLOS:*igualdad a los indigenas (art. 3)
*igualdad de varon y mujer (art.4)



Se define como la cualidad del ordenamiento juridico que implica la certeza de sus normas.

OBJETIVO: El objetivo de la seguridad juridica es que los individuos tengan la certeza de que el ordenamiento juridico se aplicara en cualquier situacion en que tenga alguna relacion con la autoridad
La garantia de seguridad juridica se refiere a la certeza que debe tener el gobierno a fin de evitar la arbitrariedad de las autoridades

ARTICULOS QUE EXPRESAN GARANTIAS DE SEGURIDAD JURIDICA:
*Prohibicion de la pena de muerte y otras penas transcendentales e inusitadas (art. 22)
*Garantia de audiencia (art. 14)
*otros art. 8,16,17,18,20,21,23,,

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